1.- USO DEL VEHÍCULO: El arrendatario reconoce que recibe el vehículo en buen estado mecánico, junto con la documentación, herramientas, neumáticos y accesorios necesarios, y se compromete a conservarlo en buenas condiciones. Asimismo, se obliga a conducirlo con cuidado y conforme a las normas de circulación. También se compromete:
2.- DEVOLUCIÓN DEL VEHÍCULO: El vehículo deberá devolverse en el lugar y la fecha indicados en el contrato. Cualquier modificación deberá ser autorizada previamente por ORION. El incumplimiento de esta condición permitirá a ORION retirar el vehículo o reclamar judicialmente su devolución.
3.- CARGOS DEL ALQUILER: El arrendatario se compromete a abonar, además del precio y los impuestos correspondientes, los gastos derivados de la pérdida o deterioro de documentos, herramientas y accesorios, así como las multas y costas ocasionadas por infracciones cometidas por el arrendatario o los conductores autorizados. La tarifa acordada queda condicionada a la devolución del vehículo en el lugar y la fecha estipulados.
4.- SEGURO: Solo los conductores autorizados por ORION tendrán la condición de asegurados:
5.- ACCIDENTES: El arrendatario deberá informar inmediatamente a ORION de cualquier accidente, remitir las comunicaciones relacionadas y colaborar en la investigación y defensa de cualquier reclamación. En caso de accidente deberá:
6.- REPARACIONES Y MANTENIMIENTO: Las reparaciones por avería mecánica no causadas por negligencia, uso inadecuado o malos tratos serán realizadas por talleres autorizados por ORION. Cualquier reparación externa deberá contar con autorización previa de ORION y justificarse mediante la factura correspondiente.
7.- RESPONSABILIDAD DE ORION: ORION adopta las precauciones necesarias para prevenir fallos mecánicos. Si se produjera una avería, la responsabilidad se determinará conforme al contrato, la póliza aplicable y la legislación vigente.
8.- JURISDICCIÓN: Para cualquier controversia entre las partes serán competentes los juzgados y tribunales que correspondan conforme a la legislación aplicable.